domingo, 30 de mayo de 2010

Etiquetas | ,

Trabajar en el extranjero: papeleo y aspectos legales

domingo, mayo 30, 2010

El tema de hoy lo dedicaremos a destacar algunos aspectos legales y de papeleo que todo español queriendo trabajar en el extranjero ha de conocer y sopesar. Aunque también nos siguen amigos del continente americano y de otros países hoy veremos las particularidades que se aplican a los españoles ya que los trámites y las leyes son diferentes de una nacionalidad a otra. En el futuro podríamos dedicar más posts a otras nacionalidades. De todas formas la mayor parte de estos puntos que menciono a continuación son válidos para no españoles igualmente.

Permiso de trabajo y residencia:
Los españoles estamos obligados a obtener el correspondiente permiso de trabajo y residencia del país en el que vayamos a trabajar antes de irnos (excepto si vamos a trabajar en algún país de la Unión Europea).

Costumbres y leyes distintas:
Las leyes que regulan el trabajo en otros países no tienen por qué ser parecidas a las de España. Por ejemplo: indemnización por despido improcedente, días de vacaciones al año, horas semanales de trabajo, así que hay que tenerlo en cuenta. Algunos países gozas de mejores condiciones laborales que España, pero en cambio pueden existir otras desventajas como por ejemplo menos días de vacaciones anuales, etc.

Legislación laboral:
Si consigues un contrato de trabajo en una empresa española aquí en españa pero tienes que realizar una labor en el extranjero, en ese caso la que es vigente es la legislación laboral española. Si te mandan a currar en China por un tiempo pero con el mismo contrato de España da igual, sólo es aplicable la legislación laboral española, al no haberse firmado ningún contrato "chino" en este caso.

Cotizar en la Seguridad Social:
Otro tema que hay que tener controlado es el de la Seguridad Social y el desempleo. Si al tener contrato de trabajo en el extranjero cotizáis en el mismo país en el que estáis trabajando, a la vuelta en principio no os corresponde cobrar el paro. Otra punto importante: sabéis (y si no lo sabéis ya os lo digo yo) que en España para cobrar la pensión de jubilación se tiene que haber cotizado en la Seguridad Social española durante al menos 15 años. Esto quiere decir que si lo que hemos cotizado en la Seguridad Social de España son 12 años y luego nos tiramos 20 años trabajando y cotizando en la Seguridad Social de algún país extranjero, pues no nos cuenta.
Es triste, vale, pero muchos países tienen acuerdos con España en materia de Seguridad Social y todo lo que vamos cotizando ahí se nos contabiliza en España. Así que tampoco está del todo mal. [Fotografía cortesía de hellgy bajo Licencia Creative Commons]

Pagar Impuestos sobre el salario:
Con respecto a los impuestos sobre el salario, o lo que es lo mismo, el IRPF, en principio se pagan impuestos en el país extranjero donde estemos trabajando y en España igualmente. No obstante, algunos países han suscrito acuerdos con España mediante los cuales a un trabajador español que haya pagado impuesto de IRPF en el extranjero se le deduce aquí en España. Así que, ante una posible oferta de contrato en el extranjero informaros bien acerca del salario y acerca de los impuestos, y miraros bien el tema éste de si vais a estar pagando impuestos doblemente en ambos países o si hay acuerdos que solventan el tema.

Como véis hay unos cuantos puntos que hay que tener en cuenta a la hora de buscar un contrato de trabajo en el extranjero. Digo esto para quien esté recibiendo más de una oferta a la vez. Desde luego quien está en una situación extrema no puede permitirse lujos de andar escogiendo, pero viene bien saber por dónde vamos ¿no?.

1 Comentario(s) sobre “Trabajar en el extranjero: papeleo y aspectos legales”

Anónimo dijo...
12 de junio de 2010 21:58

no entendi muy bien pero necesito que alguien de otro pais me diera una oferta de empleo para yo poder emigrar o puedo emigrar yo solo


Publicar un comentario en la entrada

¡Gracias por dejar tu comentario!

Publicidad | Contacto